Sistema Armonizado de Clasificación de Productos (SACLAP)
El Sistema
Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA), constituye una
nomenclatura internacional orientada a los aranceles de aduana y a las
estadísticas del Comercio Exterior. Consta de 21 secciones (que no participan en
la codificación), 99 capítulos (dos dígitos), 1234 partidas (4 dígitos) y 5229
subpartidas (6 dígitos). Todos los países signatarios del Convenio del Sistema
Armonizado (que representan la mayoría de los países y mueven la inmensa mayoría
del comercio mundial) están en la obligación de respetar sin ningún cambio, las
Reglas Generales para la Interpretación del SA, su nomenclatura (secciones,
capítulos, partidas y subpartidas) y las Notas explicativas de secciones y
capítulos. A partir del sexto dígito, o sea, después de la subpartida, cada país
puede abrir todo lo que desee su nomenclatura, eso sí, respetando las Reglas
generales, las notas explicativas y la apertura hasta nivel de subpartida (6
dígitos). En el caso cubano se ha abierto el “grupo” al que corresponden los
séptimos y octavos dígitos. Esta nomenclatura se ha denominado Sistema
Armonizado de Clasificación de Productos (SACLAP), habiéndose acordado que sea
la Oficina Nacional de Estadísticas la encargada de llevar esta apertura (la
Tarifa arancelaria corresponde a los Ministerios de Finanzas y Precios y de
Comercio Exterior).
Hasta diciembre del 2007,
estuvo en vigor el SA-03 y a partir de enero del 2008 entró a regir el SA-07,
contentivo de la 4ta. Enmienda del Sistema Armonizado, que en el caso de Cuba
esta Enmienda también entró en vigor en enero del 2008. |