El
Registro Estatal de Empresas y Unidades Presupuestadas De cada entidad, el REEUP
registra varios elementos, divulgándose los siguientes:
- razón social (nombre o
denominación oficial);
- domicilio social; Provincia
y municipio;
- organismo de la
Administración Central del Estado, Consejo de la Administración Provincial o
Municipal o Institución a que se subordina:
- actividad económica
fundamental.
De acuerdo con lo establecido legalmente, las anotaciones
en el REEUP requieren de los siguientes documentos:
Las creaciones, fusiones, extinciones, cambios de
subordinación o integración de las entidades estatales se realizan de la
siguiente forma:
· El
Ministro de Economía y Planificación (MEP) autoriza la creación, fusión,
extinción o cambio de subordinación o integración mediante Resolución
ministerial (obviamente, también puede ser una disposición jurídica de nivel
superior);
· El Presidente del Consejo de la Administración Provincial (CAP) mediante Acuerdo
o el jefe de organismo de la Administración Central del Estado (OACE) mediante
Resolución ejecuta la creación, extinción, fusión o cambio de subordinación o
integración previamente autorizado por el MEP. Esta disposición jurídica tiene
que estar dentro del término que le concedió el MEP (generalmente 90 días) y en
el caso de creación debe contener el domicilio social claramente expresado, así
como su objeto social. El registro debe recibir una copia debidamente
certificada por el asesor legal del CAP o del OACE.
Los cambios de domicilio social se autorizan mediante
Acuerdo por el Presidente del CAP o Resolución por el jefe del OACE correspondiente.
Los cambios de denominación se aprueban mediante Resolución
del Ministro del MEP.
Las precisiones, ampliaciones y modificaciones de objeto
social se aprueban mediante Resolución del MEP. Sobre la base del mismo, se
determina cuál es la actividad fundamental de la entidad. |